un juez "negacionista" pide transparencia


 [un] gobierno del pueblo, sin información pública, o sin los medios para adquirirla, no es más que el prólogo de una farsa o una tragedia; o, quizás, ambos. El conocimiento gobernará siempre sobre la ignorancia: y un pueblo que pretenda ser su propio gobernante, debe armarse con el poder que da el conocimiento

James Madison


Un grupo de científicos y profesores universitarios solicitó a la agencia  reguladora de Estados Unidos, la FDA, los datos presentados por Pfizer  para la aprobación de su vacuna en Estados Unidos. La ley por la Libertad de Acceso a la Información (FOIA) permite que cualquier persona solicite copias de los registros a los organismos federales, exigiendo a éstos organismos que divulguen los registros en respuesta a una solicitud por escrito, salvo casos excepcionales. La FDA contestó a este grupo de científicos y profesores universitarios primero que tardaría 55 años en dar toda esa información, después dijo que serían 75 años. El 6 de enero un juez rechazó la solicitud de la FDA de publicar los datos de la vacuna Pfizer Covid al ritmo de 500 páginas por mes (77 años) exigiendo a la FDA que publique 55,000 páginas por mes. En unos  ocho meses toda esta información debería de ser pública y accesible para su revisión  independiente. 


SENTENCIA:

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TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS POR EL DISTRITO NORTE DE TEXAS DIVISIÓN DE FORT WORTH


PUBLIC HEALTH AND MEDICAL
PROFESSIONALS FOR TRANSPARENCY, 

Demandante 


contra


ADMINISTRACIÓN DE ALIMENTOS Y MEDICAMENTOS (FDA)

Demandado


No. 4: 21-cv-1058-P


SE SOLICITA

Este caso involucra la Ley de Libertad de Información ("FOIA"). Específicamente, está en cuestión la solicitud de FOIA del demandante que busca “[todos] los datos e información para la vacuna Pfizer enumerados en 21 CFR § 601.51 (e) con la excepción de los informes disponibles públicamente sobre el Sistema de notificación de eventos adversos de vacunas” del Food and Drug Administración ("FDA").Ver ECF No. 1. Como se ha convertido en norma, las Partes no acordaron un calendario de presentación de datos mutuamente aceptable; en cambio, presentaron cronogramas de presentación en desacuerdo para la consideración de esta Corte. En consecuencia, la Corte celebró una conferencia con las Partes para determinar un calendario de publicación apropiado. [1]Véanse ECF Nos. 21, 34.


El gobierno abierto es fundamentalmente un problema estadounidense”, no es un problema republicano ni demócrata. Como escribió James Madison, “[un] gobierno del pueblo, sin información pública, o sin los medios para adquirirla, no es más que el prólogo de una farsa o una tragedia; o, quizás, ambos. El conocimiento gobernará  siempre sobre la ignorancia: y un pueblo que pretenda ser su propio gobernante, debe armarse con el poder que da el conocimiento ". John F. Kennedy también reconoció que "una nación que teme que su gente juzgue la verdad y la falsedad en un mercado libre es una nación que teme a su gente". [4]Y, particularmente apropiado en este caso, John McCain (correctamente) señaló que “ [un] excesivo secreto administrativo. . . alimenta las teorías de la conspiración y reduce la confianza del público en el gobierno ". 


Haciendo eco de estos sentimientos, “[e]l propósito básico de la FOIA es garantizar una ciudadanía informada, [que es] vital para el funcionamiento de una sociedad democrática”. NLRB contra Robbins Tire & Rubber Co., 437 US 214, 242 (1977).“La FOIA fue [por lo tanto] promulgada para 'traspasar el velo del secreto administrativo y abrir la acción de la agencia a la luz del escrutinio público'”. Batton v. Evers, 598 F.3d 169, 175 (5th Cir. 2010) (citando al Dep. 't of the Air Force v. Rose, 425 US 352, 361 (1976)). Y “el Congreso ha reconocido desde hace mucho tiempo que 'la información a menudo es útil solo si es oportuna' y que, por lo tanto, 'la demora excesiva por parte de la agencia en su respuesta a menudo equivale a una negación'”. Open Soc'y Just. Iniciativa contra la CIA, 399 F. Supp. 3d 161, 165 (SDNY 2019) (citando HR REP. NO. 93-876, en 6271 (1974)). Cuando sea necesario, un tribunal "puede usar sus poderes equitativos para exigir que una agencia procese documentos de acuerdo con un cronograma impuesto por el tribunal". Clemente contra el FBI, 71 F. Supp. 3d 262, 269 (DDC 2014).


Aquí, el Tribunal reconoce los desafíos "indebidamente gravosos" que esta solicitud de la FOIA puede presentar a la FDA. Ver en general ECF Nos. 23, 30, 34. Pero, como se expresó en la conferencia de programación, puede que no haya un “tema más importante en la Administración de Drogas y Alimentos. . . que la pandemia, la vacuna Pfizer, vacunar a todos los estadounidenses, [y] asegurarse de que el público estadounidense tenga la seguridad de que esto no fue [] apresurado [ed] en nombre de Estados Unidos. . . . "ECF No. 34 en 46. En consecuencia, la Corte concluye que esta solicitud de la FOIA es de suma importancia pública.


"La información obsoleta es de poco valor". Payne Enters., Inc. c. Estados Unidos , 837 F.2d 486, 494 (DC Cir. 1988). El Tribunal, al estar de acuerdo con esta obviedad, por lo tanto concluye que la pronta finalización de la solicitud del Demandante no solo es factible, sino necesaria. Véase Bloomberg, LP c. FDA, 500 F. Supp. 2d 371, 378 (SDNY 15 de agosto de 2007) (“[E] t es la necesidad imperiosa de tal entendimiento público lo que impulsa la urgencia de la solicitud”). Con ese fin, el Tribunal concluye además que la tasa de producción, como se detalla a continuación, equilibra adecuadamente la necesidad de una urgencia sin precedentes en el procesamiento de esta solicitud con las preocupaciones de la FDA con respecto a las cargas de producción. Ver Halpern v. FBI, 181 F.3d 279, 284–85 (2nd Cir. 1991) (“[FOIA] enfatiza una preferencia por la divulgación más completa posible de tal información por parte de la agencia consistente con un equilibrio responsable de preocupaciones en competencia ...”).


En consecuencia, habiendo considerado los argumentos de las Partes, los documentos de respaldo y la ley aplicable, la Corte ORDENA que:


1. La FDA publicará las “más de 12,000 páginas” articuladas en su propia propuesta, ver ECF No. 29 en 24, el 31 de enero de 2022 o antes.


2. La FDA publicará los documentos restantes a una velocidad de 55,000 páginas cada 30 días, y la primera producción se entregará el 1 de marzo de 2022 o antes, hasta que se complete la producción.


3. En la medida en que la FDA afirme cualquier privilegio, exención o exclusión con respecto a cualquier registro de respuesta o parte del mismo, la FDA, junto con cada publicación requerida por esta Orden, producirá una versión redactada del registro, redactando solo aquellas partes en cuanto a qué privilegio, exención o exclusión se afirma.


4. Las Partes presentarán un Informe de situación conjunto que detalle el progreso de la publicación móvil para el 1 de abril de 2022 y, a partir de entonces, cada 90 días


ASÍ LO ORDENÓ el día 6 de enero de 2022.


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Enlaces:

https://www.sirillp.com/wp-content/uploads/2022/01/ORDER_2022_01_06-9e24e298ae561d16d68a3950ab57077b.pdf


https://aaronsiri.substack.com/p/instead-of-fdas-requested-500-pages?justPublished=true


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